Especiales ambientales

MASCOTAS, ANIMALES DE COMPAÑÍA

02. Prohibiciones a las que se tienen que atener los dueños de los animales

  • Está totalmente prohibido maltratar a los animales o someterlos a cualquier práctica que les puede ocasionar sufrimiento o daños injustificados.
  • Abandonar los animales.
  • Mantenerlos en instalaciones insalubres.
  • No facilitarles el alimento necesario para su normal desarrollo.
  • Practicarles mutilaciones.
  • Suministrarles sustancias o estupefacientes que pongan en peligro su salud.

El maltrato animal está tipificado por el código penal.

Pero aparte de la salud y seguridad del animal, hay que tener en cuenta que convivimos con personas a las que no les tiene por qué agradar la presencia de los animales. Además, en muchos casos los animales pueden adquirir conductas peligrosas y causar daños o lesiones a las personas. Este tipo de conductas hay que evitarlas. Por ello, además de asegurar que nuestra mascota está atendida y tiene sus necesidades satisfechas, debemos asegurarnos que no supone un peligro o molestia para la integridad de los vecinos.

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